jueves, 1 de marzo de 2012

¿Cuándo te conviene pagar antes tu hipoteca?

¿Cuándo te conviene pagar antes tu hipoteca?



Editorial Metroscubicos.com/Regina Reyes-Heroles
14 de Marzo de 2011
Puedes adelantar hasta cuatro años de tu hipoteca haciendo pagos adelantados, pero si no te organizas bien esto puede dañar tus finanzas.


¿Cuándo decir que sí?


Si tienes excedente en tus ingresos, por bonos, aguinaldo u otro concepto, antes de correr y adelantar un pago analiza tu situación financiera: ¿Tienes otras deudas a corto plazo?, por ejemplo, ¿debes en tus tarjetas de crédito o tienes un préstamo personal? En caso de que sí tengas otras deudas deberás establecer prioridades, más vale pagar primero la tarjeta de crédito donde ya te están cobrando intereses moratorios que adelantar tu hipoteca.

Si no tienes deudas y tus finanzas están organizadas, es decir, estás en números negros, entonces puedes hacer pagos adelantados.

Otro buen motivo para pagar antes tu deuda son proyectos relevantes como, tener un bebé, una maestría, un viaje o tal vez estén pensando ir a un mundial de fútbol.



¿Cuándo no hacer pagos adelantados?


No conviene hacer pagos adelantados cuando tienes una hipoteca a 15 años en la que amortizas capital desde el inicio y en la que la mensualidad no sólo la pagas cómodamente, sino que ya pagándola te queda suficiente dinero para el estilo de vida al que te has acostumbrado.

En otras palabras, no necesariamente te conviene adelantar con un crédito que va acorde con tu perfil con tasa fija, en pesos.

Si tienes excedentes de dinero, pero tu hipoteca es la adecuada, entonces mejor invierte el dinero en otra cosa.


En qué periodo del crédito conviene adelantar pagos


La recomendación es hacer los pagos durante los primeros cinco o hasta ocho años de la hipoteca, cuando se pagan más intereses y se aporta menos a capital. De esta forma, todo lo que adelantes se irá directo a capital y se reducirá el plazo y el pago de intereses.

Avisa a la institución financiera que vas a hacer un pago adelantado y diles si es para reducir tus mensualidades o tu plazo y corrobora que no haya penalización por éstos.

Adelantando algunos pagos puedes llegar a reducir tu hipoteca por casi cinco años. Mira cómo se comporta una hipoteca de 15 años a tasa fija con dos o hasta tres pagos adelantados al año.


Cómo te beneficia realizar al menos un pago adelantado por año


En un crédito por $1,000,000 de pesos (a un plazo a 15 años, con una tasa promedio de 12.75%), pagas una mensualidad promedio de $13,400 pesos; sin embargo, durante el primer año la amortización a capital promedio será de $1,970 pesos cada mes, los otros $11,180 pesos son intereses.

Si en ese primer año pagaras tan sólo una mensualidad extra, será lo equivalente a cuatro mensualidades, es decir, terminarás de pagar tu crédito cuatro meses antes.

Siguiendo esta dinámica, y pagando puntualmente tus mensualidades, los primeros cinco años, en lugar de pagar tu crédito a 15 años, terminarás en 11.8 años.

Consulta qué instituciones financieras te penalizarán, es decir cobran un interés extra por pago anticipado. Generalmente es en créditos con planes de recompensas. Desde luego, prefiere aquellas que no te cobren por adelantar pagos.
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jueves, 19 de enero de 2012

Programa "Conecta tu negocio" para que tu negocio crezca, Página web GRATIS!

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Este es el video de presentación del programa (y ahí podrás ver algunos casos de éxito): 



A continuación anexo el artículo donde se publica la información referente a éste programa. Suerte!

Fuentes: Noticia e imágenes www.elporvenir.mx




Económico


Lanzan portal para hacer más competitivas a las pymes
Por: EL UNIVERSAL, Jueves, 19 de Enero de 2012



El subsecretario para las Pymes de la SE, Miguel Marón, dio a conocer el lanzamiento del portal “Conecta tu Negocio”, en alianza con Google México.


MEXICO, D.F.- Para incorporar nuevos instrumentos que respondan al reto de fortalecer a las pequeñas y medianas empresas, el subsecretario para las Pymes de la Secretaría de Economía (SE), Miguel Marón, dio a conocer el lanzamiento del portal “Conecta tu Negocio”, en alianza con Google México.

Dijo que este nuevo portal permitirá volver más competitivos a este tipo de negocios, ya que en México se tienen registradas 4 millones 361 mil 260 micro, pequeñas y medianas empresas, que constituyen el 99.8% del total de las unidades económicas del país, las cuales aportan 7 de cada 10 empleos, por ello es necesario seguir impulsando su desarrollo.

“Conecta tu Negocio” es una iniciativa de Google y Jimdo, Banamex, Consejo de la Comunicación, Instituto Pyme y Universidad Virtual del TEC, en colaboración con la Secretaría de Economía y México Emprende.


El proyecto nace con el objetivo de conseguir que las pymes puedan crear su primera página web y comenzar a desarrollar su negocio en internet.


Aseguró que la mejor opción para mejorar las condiciones de los estados y regiones del país es apostar por sus empresas, por ello, para la consolidación de esta alianza la Secretaría de Economía pone a disposición la estrategia México Emprende que refleja el compromiso de la dependencia por facilitar el crecimiento empresarial con un enfoque integral.

Acompañado por Miguel Alva, director de Mercadotecnia de Google México, el subsecretario aclaró que las empresas deben contar con instrumentos de comunicación modernos para tener contacto con consumidores locales, regionales, nacionales e internacionales.




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viernes, 13 de enero de 2012

Infonavit da a conocer el Proceso para Devolución del Fondo de Vivienda a Jubilados





El 12 de Enero de 2012 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que modifica la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), promulgado el miércoles 11 de Enero de 2012 por Felipe Calderón Hinojosa, a través del cual los trabajadores que comenzaron a cotizar en el Seguro Social bajo el régimen de la Ley del IMSS de 1973, que continuaron cotizando con posterioridad a 1997, y que no utilizaron su crédito, podrán recibir al momento de retirarse, el dinero ahorrado en su Subcuenta de Vivienda.

Se prevé que se vean beneficiados, en el corto plazo, cerca de 2 millones de trabajadores que ya se encuentran jubilados.

En un desplegado publicado hoy, el Infonavit informa que todos los trámites relacionados con la devolución son gratuitos y que, en todos los casos, sólo se atenderá al titular de la pensión, no lo podrán hacer abogados ni terceros con poder notarial.


Esto significa que no será necesario demandar a través de un juicio la devolución de los recursos, por lo que dejará de ser un proceso legal, con los costos y complejidades en tiempo y recursos para los trabajadores, para convertirse en un simple trámite.


Como antecedente, la incorporación del Artículo Octavo Transitorio de la Ley del INFONAVIT en enero de 1997 y su posterior declaración de inconstitucionalidad en el año de 2006 por la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN), generó una compleja  problemática en torno a la devolución de los recursos de la Subcuenta de Vivienda a los trabajadores, ya que su recuperación ha implicado dilatorios y prolongados trámites administrativos y judiciales con una duración de 3 a 5 años.


A esta situación se sumaba la existencia de diversos criterios del Poder Judicial, que se traducían en la imposibilidad del INFONAVIT para devolver dichos recursos por haberlos transferido a la Tesorería de la Federación.


El decreto publicado permitirá entregar a los trabajadores, sin necesidad de acudir ante los tribunales competentes, los recursos de la Subcuenta de Vivienda que forman parte de su patrimonio y que hasta antes de la entrada en vigor de la presente reforma, era necesario reclamar ante las instancias judiciales.


Ahora la devolución dejará de ser un proceso legal, con los costos y complejidades en tiempo y recursos para los trabajadores, para convertirse en un simple trámite.








Click en la imagen para ver el comunicado completo



En entrevista el diputado federal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Leobardo Soto Martínez, también secretario de la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, indicó que con la publicación en el Diario Oficial de la reforma a la Ley del Infonavit, los trabajadores beneficiados deberán recibir el dinero por crédito no ejercido, a más tardar en seis meses, que es el plazo máximo que tendrá la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para devolver estos recursos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), quien a su vez deberá entregar los recursos a los trabajadores que no ejercieron su crédito.


'Sin embargo, con la presión que hizo el presidente Calderón, esto podría agilizarse', consideró Soto Martínez quien también precisó que 18,000 millones de pesos deberán ser regresados a los trabajadores, y agregó que las personas que demandaron al Infonavit para recuperar su ahorro podrían cobrar 'hoy mismo su dinero con sólo desistirse' de la demanda, los cuales se estima que son alrededor de 150,000 derechohabientes.


Soto Martínez enfatizó que existen además ocho millones de pesos que ningún trabajador ha reclamado, por lo que se tiene planeada una campaña informativa para orientar a los beneficiarios.


En el desplegado del Infonavit también se dan a conocer los cuatro grupos en los que se dividió a los jubilados que debe devolverles la subcuenta de vivienda 97, cuándo se recibirán las solicitudes de cada uno de ellos y cómo es el proceso para cada grupo:

  • Grupo 1. Personas que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma. Se recibirán solicitudes  a partir del 13 de Febrero de 2012:


    • Llene la solicitud de devolución que estará disponible en el portal de internet de Infonavit o hágalo vía telefónica en Infonatel
    • Una vez validada su solicitud de devolución, nos pondremos en contacto con usted para agendar una cita en el Centro de Servicio Infonavit, en la hora y fecha de su conveniencia
    • Acuda a su cita puntualmente con la documentación correspondiente
    • Firme la carta de conformidad donde se validará su identidad, cuenta bancaria y cantidad a devolver.
    • La cantidad correspondiente al Saldo de la Subcuenta de Vivienda se depositará en la cuenta bancaria que usted proporcionó.


  • Grupo 2. Pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o una resolución a su favor. Se recibirán solicitudes  a partir del 16 de Enero de 2012:


    • Llene la solicitud de devolución que estará disponible en el portal de internet de Infonavit o hágalo vía telefónica en Infonatel
    • Una vez validada su solicitud de devolución, nos pondremos en contacto con usted para agendar una cita en el Centro de Servicio Infonavit, en la hora y fecha de su conveniencia
    • Firme la carta de conformidad donde se validará su identidad, cuenta bancaria y cantidad a devolver.
    • La cantidad correspondiente al Saldo de la Subcuenta de Vivienda se depositará en la cuenta bancaria que usted proporcionó.




  • Grupo 3. Personas que tienen una demanda laboral o un juicio de amparo indirecto en trámite , y aún no cuentan con un laudo o resolución del juez. Éstas personas deberán desistirse de su demanda laboral o juicio. Se recibirán solicitudes  a partir del 16 de Enero de 2012:


    • Tramite el desistimiento de su demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Juzgado.
    • Llene la solicitud de devolución que estará disponible en el portal de internet de Infonavit o hágalo vía telefónica en Infonatel
    • Una vez validada su solicitud de devolución, nos pondremos en contacto con usted para agendar una cita en el Centro de Servicio Infonavit, en la hora y fecha de su conveniencia
    • Acuda a su cita puntualmente con la documentación correspondiente
    • Firme la carta de conformidad donde se validará su identidad, cuenta bancaria y cantidad a devolver.
    • La cantidad correspondiente al Saldo de la Subcuenta de Vivienda se depositará en la cuenta bancaria que usted proporcionó.




  • Grupo 4. Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de Vivienda o demandaron y tienen una resolución en contra. En un plazo máximo de 6 meses,  a partir de la entrada en vigor de la reforma, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dará a conocer la manera en que se devolverán los recursos.


    • En su momento le informaremos los documentos que deberá presentar a través de nuestros canales de atención una vez que sean establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Las solicitudes podrán enviarse mediante el portal del Infonavit, donde encontrarán el formato, o bien, tienen la opción de hacerlo vía telefónica al tel. 9171 5050 (en la cd. de México) o 01 800 008 3900 en el resto de la república.


Es importante destacar que a la fecha existen más de 109 mil trabajadores que tienen vigentes juicios o demandas -pendientes de resolución- ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para reclamar la devolución de la Subcuenta de Vivienda, 65 mil de los cuales llevan la representación jurídica de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).






Pero.. y qué sucede en el caso de los pensionados bajo el régimen de la Ley del IMSS 1997?  (Nota de @la_mejor_casa)


En este caso este saldo se destinará:
  • A la aseguradora que hayas elegido para el pago de tu pensión, si decidiste contratar una renta vitalicia bajo el régimen de la ley del IMSS 1997. En este caso, deberás contratar un seguro de sobrevivencia. Los recursos de retiro y vivienda 92, si así lo decides, se podrán sumar al saldo total de tu cuenta para que tu pensión sea más alta,
  • A la Afore que hayas elegido para el pago de tu pensión, si decidiste pensionarte bajo el esquema de retiros programados,
  • Al pensionado, si éste obtuvo una negativa de pensión del IMSS, o si la pensión se deriva de un plan privado registrado en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Y si el derechohabiente ha fallecido?

En el caso de los pensionados bajo la Ley del IMSS 97, si la persona fallece, sus beneficiarios deberán acudir a la Afore en la que está registrado el titular, y presentar:
  • Credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE), pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional; si eres extranjero, deberás presentar el documento migratorio correspondiente.
  • En su caso, resolución de pensión del IMSS,
  • En el caso de pensión por plan privado, constancia suscrita por un actuario autorizado ante la Consar.
  • Los administradores que validarán la información correspondiente, le entregarán al beneficiario una copia de la solicitud y le devolverán tu identificación original. La solicitud deberá estar firmada y sellada por el funcionario de la Afore.

Para cualquier duda adicional, está disponible el Infonatel 01 800 008 3900 así como también La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la PROFEDET, pone a disposición de todos los trabajadores el teléfono 01 800 91 17 877 para información, así como el correo electrónico: quejasprofedet@stps.gob.mx

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miércoles, 11 de enero de 2012

Felipe Calderón firmó hoy el Decreto que aprueba la Reforma a la Ley del Infonavit




El Presidente Felipe Calderón firmó el decreto que aprueba las reformas a la Ley Infonavit


El día de hoy, en el marco de la inauguración de la primera fase del desarrollo Hogar es Ceylán, al norte de la ciudad de México, el Presidente Felipe Calderón Hinojosa firmó el decreto que reforma la Ley del Infonavit, acción que se traducirá en múltiples beneficios para los trabajadores mexicanos.

Si quieres conocer las reformas autorizadas a detalle, da click AQUI.

El mandatario destacó que los trabajadores que comenzaron a cotizar en el Seguro Social a partir de julio de 1997 y que no han usado su crédito del Infonavit, podrán recibir el dinero ahorrado en su subcuenta de vivienda al retirarse.

Al respecto, el Primer Mandatario coincidió con Víctor Manuel Borrás Setién, director general de Infonavit, al afirmar que una de las modificaciones más importantes consiste en la devolución de la subcuenta de vivienda a aquellos trabajadores jubilados que no ejercieron su hipoteca con el Instituto. En este sentido, el Titular del Ejecutivo comentó que se estima que a la fecha esa acción beneficiará a más de 2 millones de trabajadores jubilados, y el monto estimado al que ascienden los recursos a devolver se estiman en 19,000 millones de pesos, que equivalen a un promedio de 20,000 pesos por trabajador, así como 19 millones de trabajadores en el largo plazo, razón por la cual instruyó a la Secretaría de Hacienda a agilizar la devolución de los recursos al Instituto.

Otra de las modificaciones consiste en que el acreditado tendrá la elección de ejercer su hipoteca tanto en veces salarios mínimos (esquema actual) como en pesos (mensualidades fijas) a tasa nominal.

Así mismo, con esta reforma se abre posibilidad de otorgar una segunda hipoteca, en co-participación del Infonavit con otras entidades financieras (cofinanciamiento), una vez que los derechohabientes hayan liquidado su primer crédito. Esto permitirá fortalecer las finanzas del Infonavit, así como elevar la calidad de vida de los trabajadores.

Para finalizar, Borrás Setién agradeció a los 290 diputados y a los 75 senadores que votaron a favor de las reformas a la Ley del Infonavit y el presidente resaltó que este será el sexenio de la vivienda al dar a las familias seguridad, protección y bases sólidas para “labrarse un mejor futuro” (Foto: Gerardo Celis | Infonavit)


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lunes, 9 de enero de 2012

Infonavit consultará el Buró de Crédito

Fuentes: Editorial Metroscubicos (05 de Enero de 2012), Reforma-Negocios (23 de Diciembre de 2011)


El Infonavit agregará un nuevo requisito para otorgar alguno de los créditos hipotecarios que tiene para sus derechohabientes. A partir de Abril próximo, el Instituto consultará el Buró de Crédito de las personas que quieran adquirir una vivienda. Esto provocará que, en algunos casos, el trabajador reciba hasta 20% menos del crédito y se le solicite una garantía.

Alfredo Rabell, coordinador de Crédito y Operación Hipotecaria del Infonavit, informó que la consulta del historial crediticio de los trabajadores en ningún caso significa que se negará el crédito a los trabajadores, pues es un derecho irrevocable.

"Infonavit consultará el Buró de Crédito, pero esto no será decisivo, el principal esquema siguen siendo los 116 puntos. Los datos que provengan de las sociedades de información crediticia sólo servirán para complementar el historial del trabajador ante el Instituto”, explicó el funcionario.

Rabell dijo que al revisar el Buró  de Crédito se tomarán en cuenta dos aspectos: el nivel de endeudamiento previo que tiene el trabajador y su comportamiento de pago.

La revisión provocará que, en los casos que el historial no sea positivo se afectará el "índice de riesgo" del derechohabiente, lo que podría generar que se les preste sólo el 80% de su capacidad de crédito y se le retenga una parte de la Subcuenta de Vivienda [como garantía], la cual se usaría en caso de que el acreditado perdiera el empleo.

El porcentaje que se retendría asciende a 7.5 por ciento del valor de la casa, lo que según estimaciones del Infonavit podría representar un año de pagos de su hipoteca.

Sin embargo, "si en el transcurso de dos años el trabajador no se retrasa en los pagos mensuales, ese 7.5% se abonaría de manera directa a capital, lo que ayudaría a disminuir la deuda", aclaró Alfredo Rabell.


El funcionario destacó que el crédito Infonavit es un derecho y nunca se va a coartar; se trata de fortalecer la información y evitar que a la larga el trabajador se ahogue en un mar de deudas impagables.


Los trabajadores que tengan un índice de riesgo bueno recibirán 100 por ciento de su crédito pero incluso podrían acceder a un préstamo sin sumar los 116 puntos lo que actualmente es un requisito del Instituto para obtener el apoyo.


En todos los casos las condiciones del crédito serán las mismas, no se incrementarán ni disminuirán las tasas ni se pedirá un enganche, aseguró Rabell.


El "índice de riesgo" es un nuevo parámetro del Infonavit paira medir las condiciones de los derechohabientes; tomará en cuenta 15 variables entre las que se encuentra el historial crediticio de los trabajadores, la rotación que existe en la empresa y qué tan buena pagadora es la compañía.


El Infonavit reportará a las sociedades crediticias el comportamiento de los acreditados ya sea si cumplieron o si fallaron en sus pagos.


La medida entrará en vigor en abril para los créditos de Infonavit Total y para los trabajadores que perciben menos de cuatro salarios mensuales ($7,579.33). En junio de 2012 se aplicará a todos los créditos.


Ricardo Marentes, director de Aserva Consulting Group dijo que la medida es financieramente sana, el problema es que el Instituto pierde su sentido social.





Pero... ¿Cómo aplicaría?

Este sería éste el resumen de los tres escenarios posibles:


Nivel de Indice de Riesgo   Requisitos Condiciones del Crédito
BUENO                    3 Bimestres
de Cotización
100% del Monto de Crédito
MEDIO 116+ Puntos 100% del Monto de Crédito con Garantía por el 7.5% del Valor de la Casa
POR MEJORAR 116+ Puntos 80% del Monto de Crédito con Garantía por el 7.5% del Valor de la Casa



Esta es una modificación que está inspirada por los nuevos cambios de la Ley Infonavit pero habrá primero de publicarse en el D.O.F. (Diario Oficial de la Federación) las reformas aprobadas a la Ley de Infonavit para que inicie la vigencia de las mismas. Ya en su momento veremos la viabilidad y operabilidad de cada adaptación que, al final, beneficiará a muchos derechohabientes.

Por lo pronto, seguiremos aportando con más artículos interesantes. Esperamos sus comentarios para enriquecer la experiencia de todos.  Gracias por leernos!


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